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Lamentable situación del Ayuntamiento de Madrid

4 Septiembre 2008 · 2 comentarios

No pensé que podría estar indignado, pero la realidad es que los hechos no son para menos…:

Un familiar sale de vacaciones y cuando regresa se encuentra con su coche en el depósito de vehículos del ayuntamiento de Madrid, en la calle de la China s/n -efectivamente está en la China!-, dado que se hicieron obras en el asfalto en el tramo donde estaba aparcado el vehículo…  . Nos disponemos a coger un Taxi y al decirle la dirección se echa a temblar diciendo que no va a ese lugar… pero suplicando finalmente accede y nos alerta de la zona.. en pleno corazón de la droga… de camino algún posible atropello estuvimos a punto de tener porque se nos echaban encima personas como sonámbulas, cruzando la cerretera… Una vez que llegamos, aparcamos junto a la Unidad Móvil de la Agencia Antidroga y accedemos al recinto de del depósito de Mediodía III…. pero el colmo, una vez que decimos que vamos a retirar el vehículo, nos indican que debemos realizar el papeleo en Mediodía II que está a otros tantos km de un paseo lleno de sonámbulos deambulando, lo que te produce una indignación tremenda la descentralización administrativa que tiene el ayuntamiento.

Una vez que llegas te piden la documentación, que obviamente hay parte dentro del vehículo que te han retirado, con lo que vuelta de nuevo a Mediodía III a realizar el mismo trayecto… y cuando pretendes acceder al vehículo, el vigilante te indica que por falta de personal solo se puede pasar de uno en uno, con lo cual, pues a esperar bajo 34 ºC sin una mísera sombra ni sala de espera… en plena calle con el paisaje de fondo de personas intentando inyectarse el último suspiro en vena….

Recogemos el dichoso documento del Impuesto de Circulación y vuelta de nuevo a Mediodía II a otra cola, cuando toca el turno se hace un rumor, de personas indignadas con la ordenanza del ayuntamiento que indica que si “mantienes más de 5 días el coche aparcado en el mismo lugar de la vía pública se podrá retirar por la grua….” -así que atentos si os vais de Semana Santa o de Vacaciones….-.

art. 61 de la Ordenanza de Movilidad de Madrid y como hecho denunciado “ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO DEBIDAMENTE SEÑALIZADO”.

Se prohíbe el estacionamiento en los lugares y casos en que esté prohibida la parada y además en los siguientes casos y lugares:
1. En todos aquellos lugares en los que lo prohíba la señalización existente.
2. En un mismo lugar de la vía pública durante más de cinco días consecutivos, a cuyo efecto sólo se
computarán los días hábiles.
En todo caso, el propietario del vehículo tendrá la obligación de cerciorarse por sí, o por cualquier otra
persona o medio, de que su vehículo no se encuentra indebidamente estacionado como consecuencia de
cualquier cambio de señalización u ordenación del tráfico; para hacerlo, dispondrá de un máximo de
cuarenta y ocho horas consecutivas, a cuyo efecto sólo se computaran los días hábiles.
En los lugares autorizados dentro de los parques públicos o zonas verdes, el plazo máximo de
estacionamiento en un mismo lugar será de cuarenta y ocho horas.

Ya, por fin con el papelito de retirada sellado, volvemos a Mediodía III con el Taxi -taxímetro corriendo y agradeciendo hasta a su familia al taxista por llevarnos- que estaba con los pestillos echados a cal y canto con el tembleque de que le atracasen…. Finalmente logramos convencer al vigilante -algunos armados hasta los dientes por problemas de seguridad- que nos deje pasar con más agilidad -no diré cómo para que no le pidan responsabilidades- el cual también asentía con la falta de personal….

El colmo, coche sin batería… y por fin un alma caritativa nos ayuda con las pinzas y de regreso a casa….

Categorías: Sociedad en Red
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2 respuestas hasta el momento ↓

  • Jose L. Parrilla // 5 Septiembre 2008 a 11:46 am | Responder

    Increíble que puedas llegar a vivir toda esta experiencia por aparcar bien tu coche, en un sitio legal.

  • tolmos // 11 Septiembre 2008 a 4:50 pm | Responder

    Parrilla, pues imagínate… para que haya tenido que postearlo.. me parece algo poco recomendable, atento con el art. 61 de la Ordenanza de Movilidad de Madrid …;-)

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