El Blog de Escrow Spain.com

Entradas de Abril 2009

Nueva etapa profesional

27 Abril 2009 · 8 comentarios

SI.. después de 6 años como directivo en maat Gknowledge, he tomado el camino de abrir mi propio despacho profesional. Considero que tengo muchos amigos y relaciones profesionales con maat que no voy a perder, sino que además me apoyarán en esta nueva etapa.

He madurado bastante sobre esta nueva etapa, donde voy a ir lanzando y consolidando un proyecto de investigación en el marco de mi actividad como docente, en el que llevo 8 años investigando; sobre cómo apoyar la Neutralidad Tecnológica y la Neutralidad de los Derechos de Autor. En este sentido, el despacho estará abierto hacia el Estudio del Derecho Informático, con una capa de servicios sobre la metodología desarrollada durante estos años, que permitirá a cualquier desarrollador o empresa de software o de videojuegos convertir su know-how, sus aplicaciones o productos, sean propietarios o en software libre en un “activo digital”.

Al mismo tiempo, la metodología permitirá que el sector público, fundaciones y asociaciones que tienen el perfil del contratante en sus concursos públicos y licitaciones,  les permita garantizarse una neutralidad tecnológica frente a los proveedores y evite el monopolio tecnológico, en virtud del art.100 de la LPI: “interoperabilidad con otras aplicaciones”.

En ese proceso, es mas que probable que encuentre aplicaciones de alto interés, sobre las que me interesará tomar una participación comercial para posicionarlas en Mercado, de tal suerte que vaya creando una cesta de productos diferenciales, bien en software libre como principal activo o como software propietario de acuerdo a los casos que encajen con las soluciones que demande el mercado.

Lo dicho, una nueva etapa profesional, … “te levantas por la mañana con un sueño en la cabeza y mientras tomas el café analizándolo, te preguntas: por qué no?”:

Actualización a 18 de octubre de 2009:

Por fín hemos lanzado:

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Conclusiones de la Mesa de Nuevas Tecnologías para el Desarrollo Rural

24 Abril 2009 · Dejar un comentario

Como ya publiqué, ayer tuve la oportunidad de contar con el mejor equipo de representantes a nivel de la Administración, Instituciones, Entidades Pbcas y Privadas, cuyas conclusiones son:

Desarrollar un proyecto común que sea sostenido en el tiempo sobre tecnología libre desarrollada en la región, que sea abierta para la creación de empleo con el apoyo de expertos que transfieran su “saber hacer” y dinamicen sobre una estrategia mixta [online y presencial] que sirva para compartir el conocimiento y fomentar la innovación en el medio rural [empresas, administración, instituciones y Universidad] al mismo tiempo que se cree un flujo bidireccional entre usuarios fuera de la region que incremente la identidad digital de CASTILLA LA MANCHA.

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Software Legal… Libre y propietario, lo mismo da.

21 Abril 2009 · Dejar un comentario

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Las denuncias ante Protección de Datos crecieron el 45% en 2008 | Navegante | elmundo.es

16 Abril 2009 · Dejar un comentario


INFORME ANUAL
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Recaudó 22,6 millones en multas

Las denuncias ante Protección de Datos crecieron el 45% en 2008

  • Inició un 58% más de procedimientos sancionadores que un año antes
  • Recaudó un total de 22,6 millones de euros en multas

Las reclamaciones de los ciudadanos ante la Agencia Española de Protección de Datos por considerar vulnerados sus derechos a la privacidad crecieron más del 45% en 2008, ha anunciado el director de este organismo, Artemi Rallo.

La mayoría de las 2.362 denuncias tramitadas por la Agencia se referían al sector de las telecomunicaciones, a las entidades financieras y a los sistemas de videovigilancia (en este caso las reclamaciones se han triplicado en un año).

Las quejas en telecomunicaciones denunciaban principalmente la recepción de ’spam’ (publicidad no deseada) telefónico, la adhesión a servicios de coste adicional sin consentimiento del cliente o las dificultades para darse de baja en algunas operadoras.

En el sector bancario, la mayor parte de las reclamaciones se referían a la inclusión en ficheros de morosidad y a problemas de incumplimiento del deber del secreto con el cliente.

Las denuncias sobre los sistemas de videovigilancia advertían de intromisiones en la intimidad y en la privacidad de los ciudadanos en lugares privados (hoteles o tiendas) o centros de trabajo.

22,6 millones de euros en multas

Como resultado de estas quejas, en 2008 la Agencia de Protección de Datos inició un 58% más de procedimientos sancionadores que un año antes y recaudó 22,6 millones de euros en multas (el 75% de ellas por sanciones “graves”, el 18% “leves” y el 7% “muy graves”).

Cabe destacar el aumento de las infracciones cometidas por las Administraciones Públicas en 2008 (especialmente por la local) por aspectos tan graves como la difusión de datos personales por Internet o por extravío, en la vía pública, de documentación sobre ciudadanos y sus datos personales.

La Agencia también inició actuaciones de oficio motivadas por el hallazgo de tarjetas sanitarias de usuarios de la sanidad pública, por la filtración de documentación judicial o ficheros policiales en medios de comunicación, por la instalación de cámaras de vigilancia en colegios o por difundir imágenes de agresiones en YouTube.

En 2008, la Agencia recibió 1.229 solicitudes de tutela de derechos en los que, básicamente, los ciudadanos pedían la cancelación de sus datos en los libros de bautismo (el 42% del total) en Internet o en operadoras de telecomunicaciones, y la supresión de sus antecedentes policiales o historias clínicas.

Más consultas

Pero junto a todas las denuncias y quejas, los ciudadanos también aumentaron sus consultas a la Agencia (el 52% más que hace un año), principalmente para informarse de sus derechos, saber cómo se puede evitar el envío de publicidad masiva por correo electrónico o telefónico, o cómo borrarse de un ficheros de morosos.

En la presentación de la Memoria 2008, Artemi Rallo, ha valorado que los ciudadanos están más concienciados y sensibilizados con sus derechos sobre privacidad y protección de datos personales, aunque ha constatado su “preocupación extraordinaria” por dos ámbitos que crecen a velocidad “de vértigo”: Internet (las redes sociales en especial) y los sistemas de videovigilancia.

Respecto a Internet, ha subrayado su preocupación por la desprotección de los menores en las redes sociales como Tuenti, Facebook, que no comprueban ni impiden el uso de estos servicios por parte de los niños.

Sobre el ‘imparable fenómeno” de la videovigilancia, Rallo ha recordado que este sector ya cuenta con 1,2 millones de ficheros inscritos en el Registro de Protección de Datos, es decir, que legalmente ya hay más de un millón de entidades con permiso para grabar imágenes con fines de vigilancia (el 98% de ellos privados), 276.286 registrados en Cataluña y 189.408 en Madrid.

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elmundo.es. Encuentro digital con Bárbara Navarro

16 Abril 2009 · Dejar un comentario

Bárbara Navarro

1. Buenos días, Bárbara. ¿Cómo se puede concienciar a los más pequeños y a los jóvenes -fervientes usuarios de las redes sociales- de que lo que cuelguen en la Red puede pasar a ser de dominio público? Muchas gracias!

Hay una parte muy importante de educación. Como bien dices, los jovenes son usuarios intensivos de las redes sociales y esto lejos de ir a menos, cada vez va a ir a mas y son plataformas de comunicación muy interesantes, pero desde luego hay que educar para que se utilicen correctamente

2. ¿Hay algún modo de evitar que Google indexe una página web e impedir así que aparezca relacionada en su buscador?

Si, si vas a nuestro centro para webmaster (haciendo una busqueda en Google con estos terminos lo encuentras) verás los pasos que hay que seguir para que una pagina no sea indexada por los motores de busqueda. La herramienta que permite la no indexación se llama Robot TXT

3. Hola Bárbara, Me puedes decir cómo enfoca Google la privacidad de sus usuarios a la hora de desarrollar cualquiera de sus productos, creo que son muchos los internautas que no se leen nunca los términos y condiciones aunque los acepten. ¿Qué se puede hacer para que uno tenga claro qué datos suyos van a ser explotados y con qué fines?

Google piensa en la privacidad del usuario desde el mismo diseño del producto. Es indispensable leer los terminos y condiciones de cualquier servicio/producto que se utiliza. Desde Google trabajamos para que los mencionados terminos y condiciones, así como nuestras politicas de privacidad sean claras y sencillas de entender.

4. Me gustaría saber su opinión sobre el nombramiento de Ángeles González-Sinde al frente del Ministerio de Cultura. Ha declarado que quiere “ordenar” Internet, y eso me ha sonado a espionaje a los usuarios, corte de conexiones y bloqueo de contenidos. Se ha manifestado además a favor de una Ley similar a la Hadopi.

La ordenación de Internet es un tema de equilibrios entre derechos y libertades, sin olvidar el nuevo entorno altamente cambiante que es internet. Estoy segura que desde el Ministerio de Cultura se velará porque ese equilibrio sea el correcto.

5. Hola, sra Navarro. Creo que Google tiene productos excelentes, como Gmail, pero éstos también fallan a veces (hace unas semanas Gmail se quedó colgado durante unas horas y dejó sin servicio a millones de usuarios). ¿Puede usted afirmar que Gmail, u otros productos de Google, no va a sufrir problemas o incidentes que pongan en riesgo la privacidad de sus usuarios? Muchas gracias.

Los fallos tecnicos en en cualquier servicio en momentos muy excepcionales y por causas puntuales pueden ocurrir, eso no significa que cuando sucede, se ponga en riesgo la privacidad de los usuarios. Son dos cosas independientes y podemos afirmar al 100% que en ningun caso la privacidad de nuestros usuarios se ha visto comprometida.

6. Realmente Google es una empresa que lucha contra el “malvado” Microsoft. ¿pero no están intentando ustedes monopolizar todo? búsquedas, publicidad,vídeos, libros, correo, ofimática, móviles, navegador( no me extraña que en breve saquen un SO). se están convirtiendo en lo que luchan por no ser (Microsoft) pero mucho más monopolistas… que clase de compañía se tiene que recordar a si misma que ” no sean malos”?

El entorno de Internet es altamente competitivo, con ninguna barrera de salida para el usuario y en el que el competidor está a un click de distancia. Cada dia trabajamos porque nuestros usuarios esten satisfechos con el servicio que ofrecemos, ya que internet permite de una manera facil y sencilla cambiar a otro proveedor del servicio. Como sabes trabajamos con estandares abiertos y practicamente todos nuestros productos permiten al usuario migrar los datos de un servicio de Google a otro de otra empresa. No creo que este tipo de practicas indiquen que no queramos y fomentemos un entorno competitivo

7. Que garantías me da Google de que si utilizo su servicio Google App Engine, mis aplicaciones cumplirán con lo que establece la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos). Que pasa si un día Google decide mover mis datos a un servidor en un país que no cumple con las garantías que exige la LOPD. Un saludo, Diego Suárez

Google esta registrado en el programa de safe Harbour. Sus datos están en Estados Unidos, un pais con los mismos niveles de protección que exige la ley española.

8. ¿Podemos tener garantías de que nuestros datos se borran cuando nos damos de baja como usuario de los servicios como Picasa (Fotos), Toutube, blogspot, …..?

Los datos se guardan durante un tiempo limitado para dar cumplimiento a las distintas legislaciones locales. Pasado ese tiempo, los datos de borran totalmente.

9. ¿Que información guarda google en sus cookies? ¿Guarda alguna información de caracter personal? En caso afirmativo, ¿durante cuanto tiempo?

Google guarda información relacionada con la palabra que se ha buscado, la IP, el idioma en que se ha hecho la busqueda, la fecha, hora y el servidor utilizado. Ninguno de los datos que se guardan permiten identificar a una persona. No Esto lo hacemos con el fin de que las busquedas sean cada vez mas eficientes y por temas de seguridad. A los 9 meses estos datos se borran.

10. Sra. Navarro, soy usuario de varios servicios de Google y, pese a estar satisfecho con los mismos, estoy gravemente preocupado respecto a mis derechos de privacidad y confidencialidad de las comunicaciones. ¿Cual es la política de Google respecto a la entrega de los datos y contenidos personales de cualquier tipo a las Autoridades SIN autorización judicial? ¿Cómo se impide que los empleados de Google tengan acceso a los mismos sin autorización del titular de la cuenta? Muchas gracias, les felicito especialmente por su sección Labs.

Google no entrega ningun dato sin un requerimiento de un juez, ademas los empleados no tienen acceso a ningun tipo de información de los usuarios.

11. La verdad es que alucino cuando en mi gmail me aparece publicidad acerca de lo que estoy leyendo, vamos que una maquina esta leyendo mi mail!no estoy para nada de acuerdo por muy maquina que sea, si a esto unimos que se guarda todo lo que hemos buscado tenemos un perfil de la gente bastante acertado, y seamos francos muy poca gente borra las cookies…Hasta que punto nos respeta google en el sentido de la privacidad? Como no se yo si estais guardando la ip de mi ordenador (que al final implica una persona)? En fin miedo me da…

El contenido de cualquier servicio de e-mail de cualquier empresa se filtra por motivos diversos como son spam, virus, seguridad, etc.
En el caso de Gmail ese filtrado se utliza tambien para servir publicidad. La maquina que realiza el escaneo no entiende el contenido y solo recoge palabras sueltas, que permiten servir publicidad no intrusiva al usuario que creemos puede ser de su interes.

12. Buenos dias Barbara y muchas gracias por su presencia en la red. Soy usuario a diario de google y gmail (como no!!!) y no me imagino ahora mismo un mundo sin google. esta es mi pregunta; donde se “almacenan” mis busquedas y correos? quien puede hacer uso de ellos?. muchas gracias de nuevo. Iria C V-G

Hola Iria, tus busquedas y correos se almacenan en servidores que están en Estados Unidos y en Europa

13. Hola, Hasta que punto pesan las leyes/normativas americanas (contrapuestas a las españolas) sobre los datos de personas/entidades españolas sobre la protección de datos (y su uso en general) . Se lo pregunto por que muchas veces, en las paginas de google sobre privacidad (incluso españolas), reverencian a leyes USA Gracias

Como he comnetado en otra pregunta, Google está registrado en el programa Safe Harbour. La legislación americana en materia de privacidad, tiene los mismos niveles de protección que exige la legislación española.

14. http versus https Buenos dias, me podria decir si Google esta estudiando la posibilidad de usar https en algunos de sus servicios para proteger la confidencialidad de contenidos atravesando la red? Estoy pensando por ejemplo en su MAGNIFICO traductor… Gracias.

En Google consideramos que los niveles de protección de la confidencialidad de los datos de nuestros usuarios es total. Como siempre seguimos trabajando para que estos estandares se mantengan.

15. ¿Por qué cuando subo un vídeo a youtube me salen como vídeos relacionados algunos de los que más he visto yo? Tengo el hostorial web desactivado, pero parece ser que Youtube guarda a pesar de todo esa información.

Si estás subiendo un video, es porque estas registrado como usuario y por tanto como videos relacionados aparecen efectivamente los más vistos por ti. Necesitaria más datos para poder contestar correctamente. Ya sabes donde encontrarnos.

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Aumenta la implantación de las TIC en las empresas españolas | Navegante | elmundo.es

16 Abril 2009 · Dejar un comentario

Aumenta la implantación de las TIC en las empresas españolas

El informe anual del Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, elaborado con datos del INE, informa de un aumento en la utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) tanto en las grandes empresas, como en las pymes y las microempresas.

El estudio, titulado “Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la empresa española en 2008″, señala que tanto las empresas como las microempresas (las que tienen menos de diez empleados) han aumentado en sus empresas la utilización de Internet de banda ancha y de móviles, así como la creación de páginas web y la implementación de comercio electrónico.

En las empresas más pequeñas, se constata por primera vez que más de la mitad disponen de acceso a Internet.

Según dicho informe, el 92,3% de las microempresas con Internet se conecta con banda ancha, lo que supone un incremento de dos puntos porcentuales respecto al año anterior.

Por otra parte, el uso de telefonía móvil en empresas aumenta un 5% hasta el 29,4%.

Respecto a las empresas con página web, el estudio observa también un aumento de más de seis puntos porcentuales, hasta situar el dato en un 57,5%.

Se analiza también el uso del comercio electrónico en las empresas españolas, tanto para la compra de materiales como para la venta de productos, y se determina que es mayor la compra por Internet que la venta, y que el uso de este tipo de comercio aumenta al incrementarse el número de empleados.

El sector que más uso hace del comercio vía Internet es el de los hoteles y las agencias de viaje, seguido por las empresas de venta y reparación de vehículos e informática y telecomunicaciones.

Este informe se realiza con datos del Instituto Nacional de Estadística, basados en encuestas a empresas.

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Bruselas expedienta a Reino Unido por no garantizar la protección de datos | Navegante | elmundo.es

15 Abril 2009 · Dejar un comentario

Bruselas expedienta a Reino Unido por no garantizar la protección de datos

Imagen de un cibercafé de Manchester. | Reuters

Imagen de un cibercafé de Manchester. | Reuters

  • Internautas británicos denunciaron el uso que ISP daban al sistema ‘Phorm’

La Comisión Europea abrió un expediente contra Reino Unido por no aplicar adecuadamente la normativa comunitaria sobre confidencialidad en las comunicaciones.

Bruselas considera que las autoridades británicas no garantizan la privacidad de los usuarios de Internet al no obligar a las empresas a contar con el consentimiento expreso de los internautas para acceder a sus datos.

El expediente adopta la forma de una carta de emplazamiento (primera fase de un procedimiento de infracción que, de no ser resuelto, puede acabar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) y se refiere a varios “problemas” detectados en la aplicación de las normas comunitarias en materia de protección de la intimidad -ePrivacy- y de los datos personales.

La legislación europea establece que los Estados miembros deben garantizar la confidencialidad de las comunicaciones prohibiendo la interceptación y la vigilancia sin el consentimiento del usuario.

Reino Unido dispone ahora de un plazo de dos meses para responder a Bruselas, pero si la respuesta no es satisfactoria el Ejecutivo puede decidir continuar con el proceso y someterlo incluso al TUE.

Quejas de los internautas

La decisión del Ejecutivo comunitario se produce tras las quejas recibidas de parte de internautas británicos que denunciaron el uso que proveedores de Internet daban al sistema ‘Phorm’, una tecnología que permite seguir los pasos de los usuarios de Internet con el objeto de analizar qué es lo que les interesa y someterles así a una publicidad específica cuando visitan determinados sitios en la Red.

En abril de 2008, el operador de telefonía fija británico BT admitió haber probado ‘Phorm’ en 2006 y 2007 sin informar previamente a los clientes afectados, aunque entre octubre y diciembre de 2008 realizó otra prueba de este sistema, esta vez con invitación.

En un comunicado, la Comisión informó este martes de que ha remitido varias cartas a las autoridades británicas desde julio de 2008 para solicitar información sobre el modo en que se han aplicado las normas comunitarias en este asunto y, tras analizar las respuestas, “teme que existen problemas estructurales” en el modo en que Londres ha aplicado la legislación europea en materia de confidencialidad de las comunicaciones.

Útil, pero sujeto a normativa

La comisaria de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación, Viviane Reding, admitió que las tecnologías que, al igual que ‘Phorm’, “facilitan la publicidad basada en el comportamiento en Internet” pueden ser “útiles” para las empresas y consumidores, pero advirtió de que estos sistemas “deben utilizarse cumpliendo las normas comunitarias”.

Se trata, dijo, de normas para proteger la intimidad de los ciudadanos, por lo que “todos los Estados miembros deben hacerlas cumplir rigurosamente”.

Reding explicó que tras seguir el caso de ‘Phorm’, Bruselas concluyó que “resulta problemático” el modo en que Reino Unido ha aplicado parte de las normas comunitarias sobre la confidencialidad de las comunicaciones.

En este sentido, la comisaria instó a las autoridades británicas a “enmendar su legislación nacional y a velar por que las autoridades nacionales estén debidamente habilitadas y puedan imponer sanciones adecuadas” para hacer cumplir la normativa comunitaria.

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GUIA DEL DOCUMENTO DE SEGURIDAD

12 Abril 2009 · Dejar un comentario

Guía Documento Seguridad Documento:

El artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, (LOPD) establece en su punto 1 que “el responsable del fichero, y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural”.

El Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, aprobó el Reglamento de desarrollo de la LOPD que, en su Título VIII, establece las medidas de índole técnico y organizativo que los responsables de los tratamiento o los ficheros y los encargados de tratamiento han de implantar para garantizar la seguridad en los ficheros, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y las personas que intervengan en el tratamiento de datos de carácter personal.

Entre estas medidas, se encuentra la elaboración de un documento que recogerá las medidas de índole técnica y organizativa acorde a la normativa de seguridad vigente que será de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los datos de carácter personal.Con el objeto de facilitar a los responsables de ficheros y a los encargados de tratamientos de datos personales la adopción de las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de la LOPD, la Agencia Española de Protección de Datos pone a su disposición esta Guía de Seguridad que incluye:

- Guía Modelo del Documento de Seguridad,
- Cuadro Resumen de Medidas de Seguridad y
- Relación de comprobaciones para la realización de la Auditoria de Seguridad.

AVISO IMPORTANTE : Debe entenderse, en cualquier caso, que siempre habrá que atenerse a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD y en el resto de previsiones relativas a la protección de datos de carácter personal, y que la utilización de esta guía debe, en todo caso, tener en cuenta los aspectos y circunstancias aplicables en cada caso concreto, sin prejuzgar el criterio de la Agencia Española de Protección de Datos en el ejercicio de sus funciones.

Agencia Española de Protección de Datos

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Google: Privacy Policy (aviso legal y política de privacidad)

12 Abril 2009 · Dejar un comentario

Hace un par de años que publiqué este artículo sobre la política de privacidad de Google, he visto que otras redes sociales están aproximándose a la AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS, porque aunque como dicen, todo es “voluntario” pero sin duda, una vez que aceptas ya estás dentro del círculo.

No se trata de una crítica a Google, se trata de una autocrítica a los que redactamos los avisos legales y políticas de privacidad, que en cierta medida no se entienden, son a veces incomprensibles y sin lugar a dudas a veces disponen de ciertas complejidades para ejercer uno sus propios derechos. Alguién ha probado a darse de baja de una red social? Qué experiencias ha tenido? Alguien ha ejercido su derecho de acceso a información de los datos que poseen las empresas de uno mismo?

Yo pude ejercer mis derechos en una ocasión, cuando me llamaron por teléfono para ofrecerme servicios financieros, pedí los datos de contacto y les escribí un e-mail, al cabo de 10 días me llegó un correo notificándome que me daban de baja y vi el grupo de empresas que disponían de mis datos… al cabo de otras semanas, volvieron a llamarme.. sin duda una “mala práctica” en materia de protección de datos, que seguramente termine con una denuncia ante la AGPD.

Este es un ejemplo de un disclaimer de hace un tiempo, cuando te descargas un SW en tu ordenador:

Disclaimer Google: Privacy Policy (aviso legal y política de privacidad)

No creo que muchos usuarios se paren a leer los avisos legales de los productos de SW que se descargan en su ordenador o bien los avisos legales de los portales que visitan, pero sin ir más lejos cuántos bloggers copian enlaces o contenidos de otros “sites” usando el derecho de cita sin haberse leído previamente el (c)?

Hay algunos avisos legales, que son infumables, con cientos de páginas y enlaces que al final no terminan más que confundiendo al usuario.

Después de leer varias veces este párrafo de uno de los avisos legales de Google, me genera algunas dudas (que marco en rojo) acerca del mismo, de forma particular en lo relacionado con su Política de Privacidad de Google Pack.

Cito:”2. POLÍTICA DE PRIVACIDAD
La protección de la privacidad de los usuarios es muy importante para Google y para los Terceros. Como condición para descargar y utilizar el Software, el usuario debe aceptar los términos de la Política de privacidad de Google Pack, descritos en _CI_writeLinkFor(“policy_info.html”);http://pack.google.com/intl/es/policy_info.html?hl=es&gl=es. Estos términos se pueden actualizar en cualquier momento y sin previo aviso. (POR LO MENOS QUE ENVÍEN UN E-MAIL INFORMANDO DE DICHO CAMBIO) La información recopilada por Google o por Terceros (QUÉ TERCEROS?) relativa al uso del Software puede ser almacenada y procesada en Estados Unidos y otros países en los que Google, sus agentes, los Terceros o sus agentes tengan oficinas (TOTALMENTE ABIERTO A CUALQUIER PARTE DEL PLANETA, POR LO QUE QUEDA INDETERMINADO) Por tanto, al utilizar el Software, el usuario consiente cualquier transferencia de dicha información fuera de su país.(PERO NO SABEMOS EN CUÁL)

El usuario reconoce y acepta que Google o los Terceros puedan acceder a su información de cuenta, conservarla y revelarla, si así se les exige judicialmente o si se considera de buena fe que el acceso, la conservación o la revelación son razonablemente necesarios para: (a) cumplir cualquier ley, normativa, procedimiento legal o petición gubernamental aplicable; (b) garantizar el cumplimiento de estos Términos y condiciones, incluida la investigación de violaciones potenciales de los mismos; (c) detectar, prevenir o gestionar de cualquier otra forma fraudes o problemas técnicos o de seguridad (incluido, sin limitación, el filtrado de spam); (d) responder a las peticiones de asistencia de los usuarios; o bien, (e) proteger los derechos, la propiedad o la seguridad de Google y de sus usuarios, la de los Terceros y sus usuarios, y la del público. Ni Google ni los Terceros serán legalmente responsables de la ejecución o no de los derechos descritos en estos Términos y condiciones. (Y NOS VENIMOS QUEJANDO DEL ART. 17 bis?)

Y cito parte del enlace que lleva a la política de privacidad: “Algunos productos de Google que puedes instalar con Google Pack se pueden configurar para que envíen a Google información sobre los sitios web que visitas u otros datos. (QUÉ OTROS DATOS?) Estos productos vienen configurados con estas funciones desactivadas hasta que decides habilitarlas, y te haremos saber las consecuencias de activarlas antes de hacerlo.”

Y además, no hay relación con normativa española en esta materia…. CITO: “Google observa los principios de privacidad de US Safe Harbor. Para más información sobre el marco de Safe Harbor o sobre nuestro registro, visita el sitio web del Departamento de Comercio.”

El 25 de mayo 2007 se lanzó Bruselas con el asunto… se cita en EL PAIS:

Bruselas pide a Google que explique por qué guarda dos años los datos de sus usuarios

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Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

12 Abril 2009 · Dejar un comentario

La actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal adaptó nuestro ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, derogando a su vez la hasta entonces vigente Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

La nueva Ley, que ha nacido con una amplia vocación de generalidad, prevé en su artículo 1 que tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal. Comprende por tanto el tratamiento automatizado y el no automatizado de los datos de carácter personal.

A fin de garantizar la necesaria seguridad jurídica en un ámbito tan sensible para los derechos fundamentales como el de la protección de datos, el legislador declaró subsistentes las normas reglamentarias existentes y, en especial, los Reales Decretos 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos, 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre de Regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal y 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, a la vez que habilitó al Gobierno para la aprobación o modificación de las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación y desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.

Por otra parte, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones atribuyen competencias en materia sancionadora a la Agencia Española de Protección de Datos. Éstas requieren de desarrollo reglamentario con la peculiaridad de que ambas normas se ordenan a la tutela no sólo de los derechos de las personas físicas, sino también de las jurídicas.

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