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iTunes y la música remota… si leyera esto la SGAE
Julio 17, 2007, 9:06 am
Archivado en: SGAE, iTunes, music, musica, propiedad intelectual

Leo esto en la licencia de  iTunes:

NOTA IMPORTANTE: Este software puede utilizarse para reproducir materiales y la Licencia se le concede exclusivamente para la reproducción de materiales sin derechos de autor, materiales de los que usted sea el propietario del copyright o materiales que esté legalmente autorizado a reproducir. Asimismo, este software puede usarse para acceder a archivos de música de otros ordenadores y reproducirlos remotamente. El acceso remoto a música protegida por derechos de autor sólo está autorizado para usos personales legítimos o para otros usos permitidos legalmente. Si no está seguro de cuáles son los derechos que posee para copiar cualquier material, póngase en contacto con su asesor jurídico.

Es el caso de prestar a un amigo el CD para uso personal, pero aquí el amigo es el que se mete en tu casa con permiso para escuchar la música desde tu equipo, el elemento es que no se descarga la música sino que la reproduce remotamente con autorización para uso personal, sin ánimo de lucro… Y si pusiera mi amigo unos altavoces y resulta que en mi casa hay más personas que escuchan esa música que reproduzco remotamente, aunque sea con licencia copyleft? … Si leyera esto la SGAE..



Perseguir la educación en Propiedad Intelectual no es lo mismo que Educar en Perseguir a quienes hacen piratería Intelectual
Junio 1, 2007, 1:02 pm
Archivado en: SGAE, propiedad intelectual

Sin duda es muy interesante poder seguir los renglones que encontramos en la OMPI, saltando de párrafo en párrafo sobre una materia que está visto hay que potenciar: El Fomento y Divulgación de la Propiedad Intelectual.



El Art. 17 bis… es un barco sin rumbo?
Abril 26, 2007, 10:06 pm
Archivado en: 17 bis, Autor, Derechos, Derechos de Autor, El Pais, SGAE

La S.G.A.E. se molesta (según el Pais.es), cuando el Secretario de Estado dice que se va a debatir por 2 meses la conveniencia del 17 bis, pero… quién o quiénes son los ponentes de ese debate? Los autores pueden opinar sin tener que estar representados por entidades de gestión, que finalmente quieren quedarse con el poder del control de los contenidos? Y amasar a todos los autores para defenderse de los mismos, porque como ya se explicó en este Blog, el autor no se puede representar con su abogado/procurador directamente, sino que “debe ser” a través de dichas entidades de gestión…. pero qué es lo que está ocurriendo de fondo? Porqué ahora a las entidades de gestión les da por querer “amarrar” los contenidos? Por defender los intereses de los autores o de ellas mismas? Al final se trata de un negocio de millones de euros, el control del contenido…



"Con permiso. Me copio a mi mismo"
Abril 23, 2007, 8:11 pm
Archivado en: 17 bis, Derechos, Derechos de Autor, LISI, SGAE, disclaimer

Texto del nuevo 17 bis propuesto.

Artículo 17 bis. Colaboración entre prestadores de servicios de intermediación de la sociedad de la información y titulares de derechos de propiedad intelectual frente a actividades vulneradoras de derechos de propiedad intelectual en el ámbito de la sociedad de la información

En este contexto, me parece bien que se pueda dejar sin servicio un blog, site, página..etc., de internet que previa causa y resolución judicial se demuestre que vulnera los derechos de propiedad intelectual, ahora bien:

Es la SGAE ( u otras Entidades de Gestión) la entidad que tiene potestad a estos efectos? Pues creo, que el art.17 está totalmente desenfocado en el punto 1 y 2, en cuanto que se contradicen, limitando la defensa de tales derechos a los propios autores, dado que los prestadores de servicios de intermediación de la Sociedad de la Información las colaborará con los autores pero no pueden por sí mismos (los autores ni sus abogados) ejercer la reclamación sino es a través de las asoc. o entidades de gestión reconocidas por el Ministerio de Cultura por su art. 150 (modificado, por cierto) por lo tanto TODOS A ASOCIARSE o a DARSE DE ALTA EN ENTIDADES DE GESTIÓN, que encima son privadas.

Y por no comentar el procedimiento:”En caso de que el prestador de servicios no haya recibido una comunicación de oposición del cliente presuntamente infractor conforme al apartado anterior en el mencionado plazo de diez días naturales procederá, en el plazo máximo de dos días laborables, a bloquear o deshabilitar el acceso al material que, de acuerdo con la notificación efectuada, sea presuntamente ilícito.”


Esto no sé si merece más comentario: si no respondes en 10 días Bloquear el acceso por un contenido presuntamente ilícito?

En fin..

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Más Internet, más leyes

El Congreso aprueba la Ley de Acceso a la Administración Electrónica, que será un derecho del ciudadano en 2010 - El texto garantiza el uso de los estándares abierto - La LISI elimina un polémico procedimiento para cerrar páginas ‘web’ y P2P



De nuevo con el 17 bis?????
Abril 19, 2007, 7:43 pm
Archivado en: 17 bis, Derechos, Derechos de Autor, LISI, MITYC, SGAE, cierre, webs

“Si este anteproyecto saliese adelante, podría llevar a una caza de brujas no sólo de las páginas que incluyen e-links sino también de los usuarios que hacen uso de ellas.”: sgae cierre webs? (Cito con permiso, por si acaso..)

…..Hombre tampoco es eso, los e-links llamado Linking y los Framings pueden ser autorizados directamente pero en caso de no decir nada el site, añadir links podría asemejarse al llamado derecho de cita como la recopilación de noticias, claro está que no podría haber “ánimo de lucro” y sin dolo, sin embargo conviene leer los avisos legales del lugar que se ha vinculado, por si lo autoriza o no… y eso sinceramente, no es una novedad del 17bis, la novedad es que LE DA “ALAS” AL OFICIO DE LA PERSECUCIÓN POR ENTIDADES PRIVADAS Y LOS AUTORES DEBEN SER REPRESENTADOS POR LAS MISMAS, PORQUE NO PUEDE RECLAMAR POR SU ABOGADO SIN TENER QUE INTERMEDIAR LA ENTIDAD DE GESTIÓN… y lo que tampoco me convence es el cierre de presunta vulneración de derechos de propiedad intelectual.. y por un procedimiento con plazos de 10 días de alegaciones para responder…. Dios no nos coja de vacaciones… porque te puedes encontrar tu página cerrada, por un hecho presuntamente ilícito.??? Y estamos en el paradigma de la Web 2.0???



No esperaba menos del 17 bis
Abril 12, 2007, 10:27 pm
Archivado en: 17 bis, LISI, LSSI, SGAE

Efectivamente, la reacción en cadena en los Blogs (podríamos llamarle viralblogs?) no ha pasado desapercibido seguramente, para el propio 17 Bis, que se está empezando a buscar otro “sitio”.

Cito:El artículo 17 bis del anteproyecto de ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI) es como el Guadiana, desaparece del texto con la misma facilidad con que se introdujo y sin previo aviso.
fte- El Pais